Cláusula de funcionamiento del sistema, fallas técnicas y limitación de responsabilidad
El Ente no garantiza la disponibilidad continua, ininterrumpida ni libre de errores del sistema de subastas ni de la plataforma tecnológica utilizada para su operación.
El usuario reconoce que el sistema puede verse afectado por fallas técnicas, errores informáticos, problemas de conectividad, interrupciones del servicio, mantenimiento, intervención de terceros proveedores tecnológicos, o eventos de caso fortuito o fuerza mayor, que podrían impactar en el registro, visualización, validación o procesamiento de ofertas.
En tales supuestos, el Ente se reserva el derecho de adoptar todas las medidas que considere necesarias para garantizar la transparencia y correcta continuidad del proceso, incluyendo, sin limitación:
• Suspender, pausar, reprogramar o cancelar subastas.
• Reiniciar total o parcialmente un proceso de subasta.
• Determinar la validez, nulidad o admisibilidad de ofertas.
• Corregir errores materiales, técnicos o de registro.
• Aceptar o rechazar ofertas que presenten inconsistencias.
• Definir la adjudicación conforme a los registros disponibles y criterios técnicos y administrativos.
Las decisiones adoptadas por el Ente en estos casos serán razonables, fundadas y se considerarán válidas dentro del marco normativo aplicable.
El Ente no será responsable por daños indirectos, lucro cesante, pérdida de chance, pérdida de datos u otras consecuencias derivadas de fallas del sistema, siempre que dichas circunstancias no le sean imputables conforme a la legislación vigente.
En caso de corresponder responsabilidad, la misma quedará limitada al monto efectivamente involucrado en la operación afectada.
El usuario acepta que el uso del sistema de subastas implica riesgos inherentes al uso de plataformas digitales, participando bajo su exclusiva responsabilidad en la medida permitida por la normativa aplicable.
La presente cláusula será interpretada y aplicada en la máxima extensión permitida por la legislación vigente, incluyendo la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor y el Código Civil y Comercial de la Nación.
